Eduardo Atanacio Pardo, quien era la pareja de la mujer asesinada, es el único imputado que tiene la causa. Está detenido desde junio de 2019 cuando se produjo el crimen en el barrio Moure. Llegará al juicio bajo prisión preventiva.
El juez penal Martín Cosmaro resolvió elevar a juicio oral y público la causa contra Eduardo Atanacio Pardo por el feminicidio de su expareja Daniela Fernández Quelca, ocurrido el 19 de junio de 2019 en el barrio Moure.
Esa audiencia preliminar a juicio se realizó el jueves en la Oficina Judicial de Comodoro Rivadavia. El Ministerio Público Fiscal estuvo representado por la fiscal general María Laura Blanco mientras la defensa de Atanacio Pardo fue ejercida por la defensora pública Viviana Barillari.
Atanacio Pardo es el único imputado en la causa y se encuentra privado de la libertad desde la audiencia de control de detención. La fiscal hizo referencia a la acusación, ofreció prueba y solicitó que se eleve la causa a juicio. A la vez requirió se mantenga la prisión preventiva del imputado hasta la finalización del debate.
La defensa, en tanto, ofreció prueba y no objetó la medida de prisión solicitada. Finalmente el juez penal declaró admisible la acusación y dictó la apertura a juicio de la causa, además de mantener a Pardo privado de su libertad.
VIOLENCIA CONSTANTE
La víctima Daniela Fernández Quelca mantuvo una relación de pareja con Eduardo Atanacio Pardo desde principios de 2016, cuando ambos vinieron desde Bolivia a Comodoro Rivadavia. Esa relación estuvo signada por agresiones físicas y psicológicas de Atanacio hacia Fernández, las que se tornaban cada vez más graves hasta que Fernández le pidió que se retirara del domicilio. Esta decisión, según la fiscalía, no fue aceptada por Atanacio quien continuó hostigando a Fernández con intenciones de impedir que rehiciera su vida.
En la noche del 19 de junio de 2019, cuando ambos se encontraban en el inquilinato de la calle Código 765, al 1700 del barrio Moure, donde residían en departamentos separados, Fernández y Atanacio comenzaron una nueva discusión.
Ambos se retiraron del lugar dejando a las hijas en el departamento de Fernández y entre el transcurso de las 23 de ese día y las 8 del 20 de junio se dirigieron hacia la calle Ricardo Torá, a la altura catastral del 2000, donde Atanacio –de acuerdo a la acusación de la fiscalía- tomó un bloque, y con claras intenciones de darle muerte a Fernández, le asestó un golpe en la cabeza, causándole la muerte por traumatismo encéfalo craneano.
El caso fue calificado jurídicamente como “homicidio doblemente agravado, por el vínculo y por haber sido cometido por un hombre en contra de una mujer, mediando violencia de género (denominado: femicidio)” en calidad de “autor” para Atanacio Pardo, con un pretensión punitiva de prisión perpetua.