El 30% no aplica para deuda de empresas ni para pagos en dólares

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó vía Boletín Oficial el impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS). El organismo que dirige la ex presidente del BCRA, Mercedes Marcó del Pont, dio plazo…

martes 07/01/2020 - 9:41
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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó vía Boletín Oficial el impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS).

El organismo que dirige la ex presidente del BCRA, Mercedes Marcó del Pont, dio plazo hasta el 25/02 para que las personas paguen el gravamen, que rige desde el 28 de diciembre de 2019, y aclaró que aplica para compras de bienes y servicios de empresas que tributen en el exterior siempre y cuando se haga en pesos y el BCRA tenga que girar dólares de sus reservas como contrapartida.

Si la compra se abona directamente en dólares, no se cobrará el 30% extra. A su vez, las empresas quedarán exentas si es para pagar deuda.

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