Personal de la seccional Segunda de Policía del Chubut demoró a J.A.S. (31) en horas del mediodía de este lunes y tras una serie de diligencias, no se pudo establecer comunicación con el juzgado bonaerense que reclama su prohibición para la salida del territorio provincial/nacional debido a una causa de abuso sexual que pesa en su contra.
Personal policial encabezado por el Sargento 1ro Jorge Suárez, en circunstancias que se encontraba llevando a cabo control operacional de identificación de personas y de vehículos en movimiento dentro del ámbito jurisdiccional, encontrándose una comitiva policial realizando patrullaje a pie por la zona comercial de Avda. Rivadavia, más precisamente entre la calle Alem y Alvear de esta ciudad, divisaron la presencia de un hombre mayor de edad, quien al ser identificado arrojando sus datos a los sistemas de Skua y de Sifcop, se logró determinar mediante el segundo sistema a nivel nacional, que dicho sujeto cuenta con la siguiente medida: prohibición de salida del país/provincia.
Dicha medida fue impuesta por la Justicia de la Provincia de Buenos Aires, por medio del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Nro. 9 Secretaria Nro. 108 y debida intervención de la Fiscalía Nacional en lo Criminal de Instrucción Nro. 35, relacionado a los autos: “J.A.S. S/ABUSO SEXUAL”, Numero de Causa 31.907/21 que fuere impuesta en fecha 30/07/2.021.
Por tales circunstancias, se procedió a conducir al hombre hacia la dependencia policial quedando a resguardo de personal policial en la zona de guardia de la comisaria. Posteriormente, y dadas las circunstancias, se dio aviso del hecho en primera instancia a la Oficina Judicial de esta ciudad, siendo atendido por la Dra. Daniela Gómez, quien manifiesta que no compete para su intervencion, motivo por el cual aportó varios abonados de los juzgados de Buenos Aires.
Discando tales abonados, entre unos 6 a 8 abonados, no se logró entablar comunicación con alguna persona y/o funcionario de los juzgados, motivo por el cual, como última instancia, se optó por trasladar al sujeto, hacia su domicilio particular, quedándose en un inmueble sito en calle Ameghino al 1.800 de esta ciudad, lugar en el cual fue recibido por una persona que resulta ser dueño del alquiler y de la vivienda; todo ello, con previo conocimiento de la Oficina Judicial de esta ciudad, la mencionada Dra. Gómez.