Desde este lunes se endurece el cepo a la compra de dólares

El Gobierno nacional decidió endurecer más el cepo a la compra de divisas por parte de las personas físicas: si una persona compró dólares en el mercado minorista, no podrá realizar operaciones de dólar MEP…

lunes 04/05/2020 - 9:44
Compartí esta noticia

El Gobierno nacional decidió endurecer más el cepo a la compra de divisas por parte de las personas físicas: si una persona compró dólares en el mercado minorista, no podrá realizar operaciones de dólar MEP o Contado con Liqui por los 30 días posteriores a la fecha en que realizó la compra de divisas.

Según publica urgente24.com, este lunes (4/5) empezaron a regir las nuevas restricciones para la compra de dólares tanto en el mercado cambiario como en la Bolsa, tras la escalada que experimentó la divisa en las últimas semanas y la ineficacia del paquete de medidas lanzado por el Banco Central, la UIF y la CNV lo que llevó al blue a los $118 en su último cierre.

Según las nuevas medidas que endurecen el cepo que sólo permite comprar hasta US$ 200 por mes por personas, quien haya adquirido dólares en el mercado minorista no podrá realizar operaciones de dólar MEP o Contado con Liqui por los 30 días posteriores a la fecha en que realizó esa adquisición.

Según la circular A 7001, en las operaciones de clientes que correspondan a egresos por el mercado de cambios, adicionalmente a los requisitos que sean aplicables en cada caso, las entidades deberán requerir la presentación de una declaración jurada del cliente en la que conste que en el día en que solicita el acceso al mercado y en los 30 días corridos anteriores no ha efectuado ventas de títulos valores con liquidación en moneda extranjera o transferencias de los mismos a entidades depositarias del exterior. Y además, se compromete a no realizar ventas de títulos valores con liquidación en moneda extranjera o transferencias de los mismos a entidades depositarias del exterior a partir del momento en que requiere el acceso y por los 30 días corridos subsiguientes.

Este requisito no resultará de aplicación para las operaciones de egresos que correspondan a operaciones propias de la entidad en carácter de cliente.

Además, tampoco se podrá hacer operaciones de contado con liqui y dólar Bolsa en los 30 días posteriores a esa compra de dólares.

La circular también establece que las empresas que recibieron ayuda del Gobierno por la pandemia del coronavirus tendrán que pedir autorizaciones especiales para acceder al dólar, y se imponen normas estrictas para el acceso de las personas jurídicas al MEP o el contado con liqui.

Por último, los agentes de Bolsa no podrán participar del negocio de compra y venta de divisa en el mercado oficial.

La nueva normativa «no afecta a si usas la tarjeta en dolares, se puede usar Netflix», explicó el director de Bull Market Brokers, Ramiro Marra, quien también indicó que «se puede comprar la especie D, no se puede vender», mientras que «se pueden operar Cedears» y «no hay limite en el MEP». Además, «si vendiste AY24D no vas a poder comprar le cupo de 200 dolares».

Por otra parte, «si compraste los USD 200 en el MULC no podés hacer MEP o CCL por 30 días», y «si hiciste MEP o CCL no podés comprar los USD 200 en el MULC por 30 días», aclaró el economista de MB Inversiones Diego Martínez Burzaco.

Compartí esta noticia