Cada comprador, sea de un producto o de un servicio, está amparado en la Ley de Defensa al Consumidor, que habilita a realizar los reclamos correspondientes.
La Ley 24.240 de Defensa del Consumidor, sancionada en 1993, regula la relación de quien compra un producto o contrata un servicio respecto de aquellos que los venden, yestablece cuáles son derechos y las obligaciones para ambas partes.
Los únicos servicios que la ley no incluye son los de las profesiones que requieren título universitario y matrícula oficial (abogados, escribanos, médicos, arquitectos, contadores, consultores, etc.), pero sí la publicidad que ofrecen al público. Sin embargo, hay una serie de derechos que la ley de Defensa del Consumidor especifica claramente.
A partir de la reforma de 1994, el artículo 42 de la Constitución Nacional dispone que los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos.
Asimismo, tienen derecho a que les sea brindada información adecuada y veraz, a la libertad de elección y a condiciones de trato equitativo y digno. Este reconocimiento obliga a las autoridades a garantizar la protección de esos derechos, y, del mismo modo, a brindar educación para el consumo.
El Estado también se encuentra obligado a arbitrar una correcta defensa de la competencia contra toda forma de distorsión de los mercados y al control de los monopolios naturales y legales. A su vez, debe controlar la calidad y eficiencia de los servicios públicos y a promover la constitución de asociaciones de consumidores y de usuarios.
En este sentido, la Constitución señala que la legislación deberá establecer procedimientos eficaces para la prevención y solución de conflictos, y los marcos regulatorios para los servicios públicos de competencia nacional.
Incluso el Código Civil y Comercial de la Nación, vigente desde el 1° de agosto de 2015, también arbitra al respecto. El texto sostiene que “el consumidor no está en igualdad de condiciones respecto de las empresas de provisión de bienes o servicios”.
Qué pueden exigir los consumidores
- Información clara y gratuita sobre el producto o servicio que se puede comprar o contratar, el precio, la forma de pago y las condiciones de salubridad.
- Garantía por 6 meses para artículos nuevos y por 3 meses para usados, en electrodomésticos y artículos que no se consumen (alfombras, colchones, etc.).
- Devolución o descuento (en la próxima factura) por servicios públicos no brindados por la empresa prestadora, durante el tiempo de interrupción.
- Redondeo del vuelto a favor del comprador, si la diferencia es menor a 5 centavos.
- Rescisión del servicio sin pagar preaviso, mes adelantado o cualquier otro concepto.
- Condiciones de atención digna y trato equitativo para todos los consumidores o consumidoras, sean argentinos y argentinas o extranjeros y extranjeras.
- Aceptación de los reclamos por incumplimiento.
Reclamos
Así, la Ley de Defensa del Consumidor regula las normas de protección y defensa de los consumidores de bienes y servicios. Entonces, si como consumidores se detecta una infracción, se puede acudir a la Oficina de Defensa del Consumidor de la localidad más cercana y formular el reclamo correspondiente, que dará inicio a una actuación administrativa con el objeto, en primer lugar, de solucionar el conflicto de manera inmediata.
Como consumidores se puede reclamar, por ejemplo, frente a las empresas de telefonía celular, por sobrefacturación, cobro de servicios no contratados o incumplimientos varios de los contratos de telefonía móvil; a los bancos y entidades financieras por cargos, productos o servicios desconocidos en el resumen de la tarjeta de crédito; a las empresas de venta de electrodomésticos, por la falta de arreglo o devolución de un producto en garantía; a los servicios técnicos oficiales, por el incumplimiento de sus obligaciones; a los comercios de venta de indumentaria, por incumplir con las disposiciones que aseguran la posibilidad de cambiar un producto dentro de los 30 días de realizada la compra, entre diversas infracciones a la Ley 22.240.
Consumidores: bienes o servicios sobre los que se puede reclamar
- Bancos o servicios financieros.
- Electrodomésticos o artefactos para el hogar.
- Equipos de telefonía.
- Facturación de servicios de luz, agua o gas.
- Indumentaria y calzado.
- Informática.
- Prácticas de salud.
- Rodados, automotores o embarcaciones.
- Servicios de cable, Internet, telefonía fija y móvil.
- Servicios turísticos.
- Otros.
Defensa del consumidor: cómo hacer un reclamo online
- Ingresar al Portal de Defensa del Consumidor: https://autogestion.produccion.gob.ar/consumidores.
- Completar el formulario con datos personales y del proveedor, además de la información del reclamo.
- Enviar el formulario. Defensa del Consumidor lo va a derivar al organismo al que le corresponde atenderte.
- Se recibe un correo electrónico con el número de reclamo asignado.
- Defensa del Consumidor o la autoridad local se pondrá en contacto con el denunciante para informarle los pasos a seguir.