Las tarjetas de crédito son una buena herramienta para comprar en cuotas y una interesante alternativa cuando el salario “aprieta” a fin de mes, pero son un arma de doble filo si no se usan correctamente. Hoy, no pagar el total del resumen puede significar un dolor de cabeza muy grande a futuro.
Tras la suba de la tasa de interés de referencia anunciada por el Banco Central (97% a 118%) después de las PASO presidenciales, el costo de financiamiento de los saldos impagos superó el 100% en términos nominales. Si bien la actualización de la tasa tuvo como objetivo principal darle mayor atractivo a las inversiones en pesos, también implicó un encarecimiento de los préstamos y las deudas, indica Infobae.
El BCRA ordenó a las entidades financieras reemplazar, con vigencia a partir del ciclo de facturación correspondiente a septiembre de 2023, por 107% nominal anual el límite al interés compensatorio para financiaciones a personas humanas vinculadas a tarjetas de crédito que pueden aplicar en concepto de “Tasas de interés en las operaciones de crédito”.
Esto implica un incremento de 19 puntos porcentuales respecto a la tasa máxima permitida hasta el viernes pasado (86%).
En la práctica, esto significa que financiarse con tarjeta de crédito es mucho más caro que hace apenas unas semanas. Si el resumen de septiembre fuera de $70.000, por ejemplo, y el titular de la tarjeta decidiera pagar $50.000 y financiar los $20.000, debería enfrentar un costo nominal de 107% sobre esos $20.000.
Además, a la tasa nominal anual se le deben sumar los costos administrativos y comisiones correspondientes a cada banco, lo que puede llevar el costo real por encima del 200%. Por tanto, el cliente termina pagando más el doble de lo que dejó de pagar inicialmente, al menos nominalmente (sin tener en cuenta el efecto de la inflación).
Por otro lado, el BCRA aclaró que la tasa máxima del 107% se aplica sólo cuando el importe financiado no supere los $200.000. Cuando el importe financiado sea superior a los $ 200.000 -sobre el importe excedente- o de registrar consumos en moneda extranjera por un importe total superior a los USD 200 -sobre el saldo total financiado en pesos-, sólo será de aplicación el límite establecido en el artículo 16 de la Ley 25.065 de Tarjetas de Crédito.
Lo que dicta la normativa citada, es que la tasa de interés compensatorio no puede superar en más del 25% a aquella que resulte del promedio de las tasas de interés que la entidad haya aplicado, durante el mes inmediato anterior, ponderadas por el correspondiente monto de préstamos personales sin garantías reales otorgados en igual período.
Pasando en limpio, si un banco cobra un 100% de tasa por un préstamo personal, no puede cobrar una tasa superior al 125% por el financiamiento de los excedentes de $200.000 o USD 200.
El impacto en los préstamos
Además de encarecer el financiamiento con tarjeta de crédito, la suba de las tasas de interés aumentó el costo de los préstamos para pequeñas y medianas empresas.
El BCRA informó a los bancos y a las demás entidades financieras que deben sustituir, con vigencia para las financiaciones acordadas a partir del 15 de agosto, por 97% nominal anual fija la tasa prevista en el punto 5.1.1. (financiaciones de proyectos de inversión) y por 109% nominal anual fija la tasa prevista en el punto 5.1.2. de las normas sobre “Línea de financiamiento para la inversión productiva de MiPyME” (financiaciones de capital de trabajo y especiales).
Los cambios, aclaró el Banco Central, están “sujetos a que las entidades financieras arbitren los medios necesarios a fin de notificar tal límite a los tarjetahabientes de manera previa a su aplicación”.