Cuáles serán las sanciones por violar las nuevas restricciones anunciadas por el Gobierno

A partir de este viernes, regirá el decreto que establece limitaciones a la circulación, reuniones sociales y actividades recreativas. Este viernes, iniciarán las nuevas restricciones anunciadas por Alberto Fernándezpara tratar de aplacar la segunda ola…

jueves 08/04/2021 - 8:27
Compartí esta noticia

A partir de este viernes, regirá el decreto que establece limitaciones a la circulación, reuniones sociales y actividades recreativas.

Este viernes, iniciarán las nuevas restricciones anunciadas por Alberto Fernándezpara tratar de aplacar la segunda ola del coronavirus. Entrarán en vigencia a partir de las 0. Este miércoles hubo un nuevo récord con más de 22 mil contagios y casi 200 muertes en apenas 24 horas.

Para aquellas personas que no cumplan tanto con la restricción de circulación nocturna como el tránsito sin justificativo o el correspondiente permiso, aprobado previamente por la Jefatura de Gabinete de la Nación, las sanciones van desde el dictado de la inmediata orden de regreso al lugar de origen hasta la detención de la persona, en el marco de los artículos 205 y 239 del Código Penal. Estos prevén penas de prisión de entre seis meses a dos años.

Además, en el caso de los infractores que se movilicen en vehículos particulares sin permiso o con un propósito dentro de los prohibidos, los automóviles podrán ser secuestrados.

En relación a las fiestas clandestinas, de detectarse algunase procederá inmediatamente a su intervención por parte de las fuerzas policiales. Posteriormente, se detendrá a los organizadores y se labrará un acta para el resto de los participantes. Sumado a esto, se aplicarán multas que pueden alcanzar los tres millones de pesos, algo que se mantuvo durante la etapa de distanciamiento social.

Por último, si se detectaran síntomas compatibles con Covid-19 se exigirá inmediatamente el regreso al lugar de origen para el cumplimiento estricto de la cuarentena, siguiendo las indicaciones del Poder Judicial. En este sentido, el Código Penal dispone entre tres y 15 años de cárcel para las personas que propaguen “una enfermedad peligrosa y contagiosa”, de acuerdo al artículo 202.

Fuente: TN

Compartí esta noticia