Crean sistema que bloquea compras arriba de u$s10.000 e inhabilitan por un mes a los que «salten» el cepo

Se la creará una base de datos sistémica sobre la compra de dólares por parte de personas humanas, con el fin de bloquear a quienes hayan alcanzado el cupo máximo permitido de u$s10.000 por mes….

jueves 03/10/2019 - 22:03
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Se la creará una base de datos sistémica sobre la compra de dólares por parte de personas humanas, con el fin de bloquear a quienes hayan alcanzado el cupo máximo permitido de u$s10.000 por mes. Además, aquellas personas que hayan «saltado el cepo» y compren un dólar de más del cupo establecido, quedarán inhabilitadas el mes siguiente para adquirir divisas.

Con el fin de evitar nuevos “escraches” como el ocurrido el último viernes, el Directorio del Banco Central aprobó este jueves la creación de una base de datos sistémica sobre la compra de dólares por parte de personas humanas, con el fin de bloquear a quienes hayan alcanzado el cupo máximo permitido de u$s10.000 por mes.

A la vez, el mismo directorio dispuso que aquellas personas humanas que hayan logrado “saltar el cepo” y compren un dólar de más del cupo establecido, quedarán inhabilitadas el mes siguiente para adquirir divisas.

Será para los individuos que ya compraron más de u$s10.000 en los primeros días del mes, o para aquellos que lo hagan de ahora en más a partir de alguna eventual filtración al nuevo sistema. Estas personas no podrán comprar ni un dólar en noviembre, según consigna ámbito.com.

Según confirmaron fuentes del BCRA a Ámbito, la autoridad monetaria decidió junto a un grupo de bancos implementar un mecanismo para monitorear la compra de divisas, con “información actualizada de forma periódica”.

Con la base de datos «privada» (no se difundirá en la web del BCRA) que se generará, las entidades financieras, y las casas y agencias de cambios, podrán suspender el CUIT, CUIL, o DNI de las personas humanas que pretendan adquirir más de u$s10.000 mensuales. “Si alguien compró u$s10.000 en un banco e intenta comprar por ejemplo u$s4.000 en otra entidad, se verá imposibilitado de hacerlo”, explicaron fuentes oficiales.

“Periódicamente el Banco Central informará a las entidades autorizadas a operar en cambios el número de clave de identificación tributaria de las personas humanas que ya han alcanzado en ese mes calendario los límites previstos en la normativa vigente para la compra de moneda extranjera o que los hayan excedido en el mes calendario anterior”, dice la Comunicación «A» 6804.

De esta forma, las entidades autorizadas a operar en cambios “no podrán dar acceso al mercado de cambios para la compra de moneda extranjera en el marco de las operaciones contempladas en el mencionado punto a quienes se encuentren incluidos en ese listado”.

En busca de evitar nuevos «escraches»

La creación del nuevo sistema de monitoreo busca evitar que se repita la difusión pública de las personas humanas que superen el límite mensual de compra -establecido por el BCRA-, tal como sucedió la semana pasada, y que generó una gran polémica y malestar en los hombres del mercado.

Como parte de un procedimiento habitual que busca poner en conocimiento del sistema financiero sobre aquellos individuos que no cumplieron la reglamentación vigente, el Central dio a conocer el viernes pasado los nombres de más de 800 personas que compraron más de u$s10.000 durante septiembre, y las inhabilitó para realizar nuevas operaciones cambiarias. “Se detectaron casos de personas que no cumplieron la reglamentación que estableció el control de cambios”, confirmaron fuentes oficiales a este medio.

Por otra parte, la nueva disposición conocida este jueves permitirá además a aquellas personas que hayan sido inhabilitadas para comprar divisas “por error” efectuar un reclamo ante la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias. “Toda solicitud de rectificación o actualización de la información incluida en el listado informado conforme lo previsto en el punto anterior deberá ser cursada a la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias a través de una entidad autorizada a operar en cambios mediante una nota suscripta por el interesado, explicando los motivos por los cuales entiende que es inadecuada su inclusión. Junto con esa presentación deberá acompañar todos los elementos demostrativos de las circunstancias invocadas”, indicó la disposición.

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