Por mayoría en todos los artículos se aprobó la nueva ordenanza de control del crecimiento poblacional de perros y gatos que apunta a las castraciones masivas, la prohibición de la perrera y multas por incumplir la nueva normativa que aumentan ante la reincidencia.
Luego de la extensa sesión ordinaria del jueves pasado donde los ediles estuvieron sesionando hasta prácticamente la medianoche, pasando a un cuarto intermedio, este lunes se retomó la actividad donde lograron aprobarse, por mayoría, los puntos restantes en lo que respecta a la ordenanza de control poblacional de perros y gatos.
El día jueves se había culminado con la votación hasta el artículo 16 de las nuevas disposiciones, estableciendo así la castración quirúrgica gratuita, masiva, temprana, abarcativa, sistemática y extendida, como único método para el control del crecimiento poblacional de perros y gatos, en todo el ámbito del ejido urbano.
Así se planteó que en el primer año a partir de la sanción de la normativa se debe esterilizar, como mínimo, el 10% de la población de perros y gatos anualmente, con y sin dueño, siendo política de estado tender a sostener y mejorar, en los años siguientes, los porcentajes establecidos precedentemente. Teniendo como objetivo promedio el 20% de las poblaciones caninas y felinas. También se acordó que los animales castrados deberán ser tatuados con la letra C en el pabellón auricular izquierdo. Y se contempla la creación del Centro Salud Animal, que entre sus facultades podrá exigir a los cuidadores de los animales la castración como así también en animales sueltos en la vía pública, siendo quienes deben obligar a la comunidad a tener sus mascotas dentro de su patio. Además dispondrán de un servicio de emergencia para animales a demanda y actuar ante denuncias.
Uno de los puntos de mayor discusión pero que terminó aprobado fue la prohibición de la construcción de “perreras”, caniles o refugios para albergue de animales.
En la continuidad de la sesión de ayer se logró aprobar la creación del Registro obligatorio y gratuito de canes y gatos, mediante la entrega de una placa identificatoria y de una turnera digital para asignar los días de esterilización. Quedó prohibido el abandono de animales.
Se logró sancionar por mayoría todos los artículos referidos a los perros de razas conocidas como “potencialmente peligrosas” y los requisitos para que una persona pueda estar a cargo de los mismos.
Sobre sanciones
En cuanto a las multas, se sancionó de manera positiva que los montos recaudados por la aplicación de multas sean destinados a campañas de castración gratuita, de desparasitación, vacunación, campañas educativas y de concientización.
En el caso del incumplimiento de lo establecido en el artículo 25 que refiere a la circulación con animales peligrosos, la multa sea entre 100.000 a 200.000 módulos, es decir de $21.000 a $42.000.
Si se incurriere en malos tratos o actos de crueldad de animales mediante acciones u omisiones las sanciones serían de 800.000 módulos a 900.000, es decir de $168.000 a $189.000.
Si se abandona a un animal en el ejido urbano o sus alrededores la persona será sancionada con multa 80.000 a 90.000 módulos, $16.800 a $18.900 y en caso de infringir las normas relacionadas con la tenencia de perros potencialmente peligrosos serán sancionados con multa de 50.000 a 90.000 módulos, de $10.500 a $18.900.
En cuanto a la infracción de las normas relacionadas con la crianza, adiestramiento de perros potencialmente peligrosos las multas irán de 50.000 a 80.000 módulos, $10.500 a $16.800.
Finalmente, en caso de ser infraccionado por la falta de entrega del perro por parte del propietario, tenedor o criador del mismo, además del secuestro del animal, será sancionado con una multa equivalente de 50.000 a 80.000 módulos, es decir de $10.500 a $16.800.
En caso de reincidencia, todas las infracciones se incrementarán en un 50 por ciento.
Fuente: diariocronica.com.ar