Se concretó en la Oficina Judicial hoy a la mañana la audiencia de control de detención por el hecho ocurrido el 1 de octubre de 2011 en la extensión del Barrio Stella Maris donde falleció Osvaldo Prieto y que tiene como único imputado a Jorge Fernando Levicán (31).
El acto estuvo presidido por la juez penal de refuerzo Margarita Pfister, el Ministerio Público Fiscal estuvo representado por Adrián Cabral -fiscal general- y Andrea Rubio -funcionaria de fiscalía- mientras que la defensa particular del acusado estuvo a cargo de Martín Cárcamo.
Según el Ministerio Público Fiscal, el día 1 de octubre de 2011 a las 4 de la mañana el imputado junto a otra sujeto no identificado ingresaron al domicilio de Osvaldo Prieto, ubicado en la extensión del Barrio Stella Maris, cuya vivienda está emplazada sobre un cerro y quien se encontraba con su hijo menor de edad.
Ambos sujetos patearon la puerta y una vez en el interior, Levicán con un arma de fuego en la mano comenzó a agredir a Prieto. Le habría dicho: “estoy cansado de que te metas con Miguel”. Según la Fiscalía el menor logró escapar y dio aviso a la policía. Finalmente el imputado y su acompañante le asestaron 15 puñaladas en el cuello a la víctima, arrastraron el cuerpo fuera de la casa y lo depositaron aun con vida debajo de bolsas y residuos existentes en el lugar donde continuó desangrándose hasta que se produjo el óbito por shock hipovolemico.
El hecho fue calificado provisoriamente como homicidio simple en calidad de coautor de acuerdo a lo que prevé el art. 79 y art. 45 del Código Penal, informó la Prensa de la Judicatura.
La declaración del imputado
Jorge Fernando Levicán hizo uso de su derecho a declarar y respondió preguntas de la Fiscalía y la defensa. Señaló que ese día había regresado de un asado en Petroleros Privados y que por este motivo tenía un cuchillo en su poder. Hizo mención que cuando llegó a su vivienda ubicada en la extensión del Barrio Stella Maris, los vecinos le dijeron que Prieto junto a otras personas le habían robado.
Manifestó que le sustrajeron un taladro y que estaba cansado: “Me entraron a robar miles de veces”. Señaló que fue con el “Menduco” a pedirle explicaciones a Prieto, le golpeó la puerta, pero que el Chileno salió agresivamente con un cuchillo y fue entonces cuando usó su cuchillo en defensa propia. Agregó que luego arrastraron el cuerpo y que el “Menduco” lo tapó. Finalmente se fue a su casa y se acostó a dormir hasta la mañana siguiente.
Reconocimiento con rueda de personas y testimonial del menor de edad
El hijo menor de Osvaldo Prieto, testigo presencial del hecho, fue asistido por el Defensor de Familia Miguel Alfaro y por el Servicio de Asistencia a la Víctima –Natalia Orellano (trabajadora social) y Karina Masiá (psicóloga). Dicho reconocimiento fue positivo y el menor no tuvo dudas que se trataba de Levicán la persona que entró a su domicilio y amenazaba a su padre.
Formalización de la apertura de investigación preparatoria y prisión preventiva
Desde el Ministerio Público Fiscal se planteó que la aprehensión fue legal, y que se produjo cuando el incriminado salía del domicilio de sus padres e intentaba huir luego de advertir la presencia policial. El fiscal general Adrián Cabral destacó que el único testigo del hecho, el hijo menor de edad de la víctima, permitió sindicar al presunto autor. Por su parte la defensa no hizo objeciones al respecto.
Por otra parte, la Fiscalía solicitó la prisión preventiva en función del hecho imputado que calificó como gravísimo y de la pena que cabe que será de cumplimiento efectivo. Asimismo hizo hincapié en que existe peligro de entorpecimiento porque aun restan encontrar elementos de prueba e identificar al sujeto que actuó junto al incriminado. Entre otros argumentos, se solicitó una prisión preventiva por el lapso de 2 meses y el término de seis meses de investigación establecido por ley.
En tanto el defensor pidió el arresto domiciliario que garantizaría la comparecencia del acusado y destaco la voluntad de Levicán de declarar y aportar datos útiles a la investigación.
En función de lo expuesto, la juez Margarita Pfister admitió la apertura de investigación preparatoria solicitada por el Ministerio Público Fiscal, declaró legal la detención y dictó la prisión preventiva por el término de 2 meses –art. 220 inc. 1 y 2, art. 221 inc. 2 y 222 inc. 1 y 2 del CPP-y entendió que una medida sustitutiva no era pertinente al caso.
Audiencia de control de detención y apertura por homicidio
Se concretó en la Oficina Judicial hoy a la mañana la audiencia de control de detención por el hecho ocurrido el 1 de octubre de 2011 en la extensión del Barrio Stella Maris donde falleció Osvaldo Prieto y que tiene como único imputado a Jorge Fernando Levicán (31).
El acto estuvo presidido por la juez penal de refuerzo Margarita Pfister, el Ministerio Público Fiscal estuvo representado por Adrián Cabral –fiscal general- y Andrea Rubio –funcionaria de fiscalía- mientras que la defensa particular del acusado estuvo a cargo de Martín Cárcamo.
Según el Ministerio Público Fiscal, el día 1 de octubre de 2011 a las 4 de la mañana el imputado junto a otra sujeto no identificado ingresaron al domicilio de Osvaldo Prieto, ubicado en la extensión del Barrio Stella Maris, cuya vivienda está emplazada sobre un cerro y quien se encontraba con su hijo menor de edad.
Ambos sujetos patearon la puerta y una vez en el interior, Levicán con un arma de fuego en la mano comenzó a agredir a Prieto. Le habría dicho: “estoy cansado de que te metas con Miguel”. Según la Fiscalía el menor logró escapar y dio aviso a la policía. Finalmente el imputado y su acompañante le asestaron 15 puñaladas en el cuello a la víctima, arrastraron el cuerpo fuera de la casa y lo depositaron aun con vida debajo de bolsas y residuos existentes en el lugar donde continuó desangrándose hasta que se produjo el óbito por shock hipovolemico.
El hecho fue calificado provisoriamente como homicidio simple en calidad de coautor de acuerdo a lo que prevé el art. 79 y art. 45 del Código Penal.
La declaración del imputado
Jorge Fernando Levicán hizo uso de su derecho a declarar y respondió preguntas de la Fiscalía y la defensa. Señaló que ese día había regresado de un asado en Petroleros Privados y que por este motivo tenía un cuchillo en su poder. Hizo mención que cuando llegó a su vivienda ubicada en la extensión del Barrio Stella Maris, los vecinos le dijeron que Prieto junto a otras personas le habían robado.
Manifestó que le sustrajeron un taladro y que estaba cansado: “Me entraron a robar miles de veces”. Señaló que fue con el “Menduco” a pedirle explicaciones a Prieto, le golpeó la puerta, pero que el Chileno salió agresivamente con un cuchillo y fue entonces cuando usó su cuchillo en defensa propia. Agregó que luego arrastraron el cuerpo y que el “Menduco” lo tapó. Finalmente se fue a su casa y se acostó a dormir hasta la mañana siguiente.
Reconocimiento con rueda de personas y testimonial del menor de edad
El hijo menor de Osvaldo Prieto, testigo presencial del hecho, fue asistido por el Defensor de Familia Miguel Alfaro y por el Servicio de Asistencia a la Víctima –Natalia Orellano (trabajadora social) y Karina Masiá (psicóloga). Dicho reconocimiento fue positivo y el menor no tuvo dudas que se trataba de Levicán la persona que entró a su domicilio y amenazaba a su padre.
Formalización de la apertura de investigación preparatoria y prisión preventiva
Desde el Ministerio Público Fiscal se planteó que la aprehensión fue legal, y que se produjo cuando el incriminado salía del domicilio de sus padres e intentaba huir luego de advertir la presencia policial. El fiscal general Adrián Cabral destacó que el único testigo del hecho, el hijo menor de edad de la víctima, permitió sindicar al presunto autor. Por su parte la defensa no hizo objeciones al respecto.
Por otra parte, la Fiscalía solicitó la prisión preventiva en función del hecho imputado que calificó como gravísimo y de la pena que cabe que será de cumplimiento efectivo. Asimismo hizo hincapié en que existe peligro de entorpecimiento porque aun restan encontrar elementos de prueba e identificar al sujeto que actuó junto al incriminado. Entre otros argumentos, se solicitó una prisión preventiva por el lapso de 2 meses y el término de seis meses de investigación establecido por ley.
En tanto el defensor pidió el arresto domiciliario que garantizaría la comparecencia del acusado y destaco la voluntad de Levicán de declarar y aportar datos útiles a la investigación.
En función de lo expuesto, la juez Margarita Pfister admitió la apertura de investigación preparatoria solicitada por el Ministerio Público Fiscal, declaró legal la detención y dictó la prisión preventiva por el término de 2 meses –art. 220 inc. 1 y 2, art. 221 inc. 2 y 222 inc. 1 y 2 del CPP-y entendió que una medida sustitutiva no era pertinente al caso.