Conocé quiénes no cobrarán el bono de los $10.000

El Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) está pensado para 3,6 millones de personas, pero se inscribieron 10 millones. El organismo entrecruzará datos para determinar quienes lo percibirán y quienes no. El Ingreso Familiar de Emergencia…

miércoles 01/04/2020 - 10:22
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El Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) está pensado para 3,6 millones de personas, pero se inscribieron 10 millones. El organismo entrecruzará datos para determinar quienes lo percibirán y quienes no.

El Ingreso Familiar de Emergencia (IFE), el bono de la Anses por $10.000 que se pagará este mes, tiene por objetivo alcanzar a 3,6 millones de familias que vieron afectados sus ingresos por el parate económico que genera la cuarentena obligatoria. Sin embargo, hasta hoy más de 10 millones de personas se habían preinscripto para intentar percibirlo. La Anses entrecruzará datos de consumos con tarjeta, declaraciones de Bienes Personales, ingresos de familiares directos y hasta la propiedad de embarcaciones como elementos para descartar a quienes no deben cobrarlo.

En los últimos días, el Ministerio de Desarrollo Social terminó de elaborar un anexo aclaratorio sobre el alcance del IFE que establece el procedimiento para determinar quién tiene derecho a percibirlo.

Según el documento, el IFE será otorgado a personas que se encuentren desocupadas, que se desempeñen en la economía informal, que estén inscriptas en las categorías “A” y “B” del Monotributo, estén en el Régimen de Inclusión Social y Promoción del Trabajo Independiente y a los trabajadores y trabajadoras de casas particulares. Pero dentro de ese universo, no todos podrán percibir la ayuda este mes.

El texto especifica que el bono no será desembolsado en caso de que solicitante o algún miembro de su grupo familiar registre ingresos por:

1 – Trabajo en relación de dependencia registrado en el sector público o privado, a excepción del personal de casas particulares;

2– Trabajo por cuenta propia como Monotributista de categoría “C” o superiores o como Autónomo;

3– Prestación por desempleo.

4 – Jubilaciones, pensiones o retiros de carácter contributivo o no contributivo, sean nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

5 – Planes sociales, Salario Social Complementario, Hacemos Futuro, Potenciar Trabajo u otros programas sociales nacionales, provinciales o municipales.

Evaluación socioeconómica y patrimonial

Pero ademés de estos disparadores, la Anses también excluirá a solicitantes del beneficio como resultado de una evaluación socioeconómica y patrimonial basada en el entrecruzamiento de datos de bases de distintos organismo del Estado, AFIP y el sistema financiero, entre otros. La entidad conducida por Alejandro Vanoli entenderá que no se configura la “situación de real necesidad” si el beneficiario o algún miembro de su grupo familiar cae dentro de una serie de supuestos.

Los datos que el organismo va a buscar, ya sea entre los propios beneficiarios como en sus familiares, para excluir a personas de la IFE son los siguientes:

a – No podrán acceder al beneficio la familia en la que alguno de sus miembros haya percibido una suma de ingresos en los últimos 6 meses cuyo promedio mensual supere el monto equivalente a dos veces el Salario Mínimo Vital y Móvil, es decir, $33.750;

b – Tampoco aquella en la que alguien haya realizado gastos con tarjetas de crédito o débito que superen en más del 70% de esos dos salarios mínimos, es decir que sumen más de $23.625;

c – Otro motivo de exclusión es el de haber obtenido o disponer rentas financieras que totalicen un monto superior a $66.917 para el periodo fiscal 2018;

d – También excluirá de la IFE el hecho de haber efectuado una manifestación patrimonial en las declaraciones juradas del Impuesto sobre los Bienes Personales que supere 4 veces el importe anualizado del ingreso previsto en el inciso a, es decir, que esté por encima de los $1.620.000. Lo mismo en caso de haber declarado ante la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios la tenencia de bienes valuados en màs de $607.500 (1,5 veces el monto anualizado del inciso a), y/o la tenencia de bienes informados por la Administración Nacional de Aviación Civil, y/o la tenencia de embarcaciones.

Más allá de estas exclusiones, el texto aclaratorio establece que existen ingresos estables que no son motivo de exclusión del bono de $10.000. Por ejemplo, no quedarán afuera de la ayuda extraordinaria las familias que perciban la Asignación Universal por Hijo o por Embarazo para Protección Social, de asignaciones familiares correspondientes al subsistema contributivo para personas inscriptas en el Monotributo, de asignaciones familiares para los trabajadores de casas particulares y del programa PROGRESAR.

Grupos familiares, jóvenes y las mujeres primero

Una aclaración importante es que se otorgará sólo un IFE por grupo familiar, es decir, será otorgado a uno sólo de sus integrantes. Se entiende por grupo familiar al compuesto por el o la solicitante, su cónyuge o conviviente y sus hijos menores de 18 años, o sin límite de edad en el caso de hijos con discapacidad, si los hubiere. Además, un grupo familiar podrá considerarse unipersonal por declaración jurada del solicitante del beneficio.

Por último, hay un apartado especial para los jóvenes. Cuando el solicitante tenga menos de 25 años, deberá acreditar un domicilio de residencia distinto al de sus padres para que se lo asimile a un grupo familiar unipersonal. “En su defecto, el grupo familiar se considerará compuesto por el o la solicitante y sus padres a los efectos de los requisitos y demás condicionalidades establecidas en el presente”, detalla el texto aclaratorio.

Para determinar quién en el grupo familiar percibirá el desembolso de $10.000 también hay prioridades. Cuando la prestación sea solicitada por más de un miembro del grupo familiar, se privilegiará a el otorgamiento y pago a la solicitante mujer.

En el caso de un grupo familiar que ya percibe la AUH, la Asignación por Embarazo para Protección Social o una asignación familiar correspondiente al Monotributo, la prestación del IFE se abonará a los titulares de dichos beneficios.

No obstante todos los elementos que la Anses utilizará para descartar a los solicitantes que caigan en los puntos mencionados, son requisitos necesarios para acceder al IFE de abril ser ciudadano argentino nativo, por opción o naturalizado, residente en el país, o extranjero con residencia legal no inferior a 2 años anteriores a la solicitud, por un lado, y tener entre 18 y 65 años de edad al momento de efectuar la solicitud, por el otro.

Control posterior

La Anses aclara, además, que se arroga el derecho a fiscalizar luego del otorgamiento que nadie haya percibido los $10.000 en forma indebida, y advierte que recurrirá a cualquier base de datos a la que tenga acceso para detectar estas anomalías.

El grupo al que se priorizará a la hora de hacer controles será el de los “grupos familiares unipersonales”.

También, agrega, solicitará información a la Dirección Nacional de Migraciones para verificar el cumplimiento del requisito de residencia legal para beneficiarios que sean ciudadanos extranjeros.


Fuente: Infobae/ Matías Barbería

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