En una extensa audiencia de revisión que se extendió por espacio de casi cinco horas en la sala de la cámara penal ubicada en el sexto piso de tribunales, la Jueza María Tolomei y el Juez Marcelo Nieto Di Biasse evaluaron la solicitud de la defensa ejercida por Lisandro Benítez, respecto a las condiciones de detención que viene manteniendo el hombre de 80 años de edad, quien resultó condenado a 20 años de prisión por haber abusado sexualmente de sus tres nietas menores de edad.
El Ministerio Público Fiscal representado en la oportunidad por la procuradora de fiscalía Julieta Gamarra argumentó sobre la gravedad de los hechos protagonizados por el condenado y la subsistencia de los riesgos de fuga y entorpecimiento, a la vez que enfatizó que estaban dadas las condiciones adecuadas para el mantenimiento de la prisión hasta que se confirme la condena. Asimismo, a la audiencia fueron convocados diversos testigos y personal jerárquico encargado de las dependencias policiales de nuestra ciudad quienes expusieron acerca de la situación en que se encuentran esos establecimientos.
Finalmente, los magistrados valoraron y tuvieron en cuenta todo lo que se presentó durante el extenso evento para resolver confirmar el mantenimiento de la prisión preventiva mientras se confirma la pena correspondiente, que tras el juicio resulta ser de veinte años de prisión.
El tribunal de enjuiciamiento integrado por la doctora Mirta Moreno y los doctores Daniel Camilo Pérez y Gustavo Castro, tras el juicio oral correspondiente encontró culpable al imputado por diversos hechos de abuso sexual en perjuicio de sus tres nietas menores de edad, de acuerdo a lo acreditado en el debate por el Ministerio Público Fiscal representado por la fiscal general jefa Silvia Pereira.
Así el cuerpo colegiado resolvió condenarlo como autor penalmente responsable de los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante en la modalidad de delito continuado, abuso sexual con acceso carnal y abuso sexual simple, cuatro hechos en concurso real, todo en concurso real y agravados por la relación de parentesco, artículos 119 primer, segundo, tercer y cuarto párrafos inciso B, 45 y 55 del código penal, a la pena de veinte años de prisión, accesorias legales y costas del proceso, en relación a los hechos ocurridos en Trelew entre los años 2007 y 2014 en perjuicio de L.E. y de M.E. y luego del día 27 de junio de 2008 en perjuicio de D.E..