La resolución del Ministerio de Transporte de Nación fundamenta la modificación de la capacidad de pasajeros que fue publicada hoy en el Boletín Oficial.
“Deberán limitar su capacidad de ocupación al 80% de la cantidad de butacas disponibles para cada tipo de vehículo, no admitiéndose en ningún caso pasajeros de pie y deberán extremarse las medidas para un mejor distanciamiento social en el interior de los mismos”, señala la resolución 293/2020.
Vale recordar que desde esta semana comenzaron a circular por las provincias los micros de larga distancia, que pese a los permisos otorgados por el Poder Ejecutivo se enfrentan a la situación económica y al temor de los usuarios que condicionan la demanda de la actividad. En este marco, el Ministerio de Transporte reguló el número de pasajeros que podrán viajar de ahora en adelante en los transportes de media y larga distancia.
A mediados de noviembre la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) aprobó las medidas sanitarias que se deben aplicar en los coches, ya sea terrestre o ferroviario. Los protocolos de seguridad e higiene contemplan la colocación de suministros de alcohol en gel, soluciones a base de alcohol, el uso de tapa boca o barbijo en pasajeros, conductores y empleados vinculados a la actividad, la toma de temperatura corporal, ventilación, desinfección y limpieza asidua, en especial en espacios comunes y sanitarios.
Si el micro cuenta con aire acondicionado, el mismo puede estar encendido durante el trayecto “en época de altas temperaturas”, pero en todos los casos debe mantenerse “la totalidad de los ventiletes y/o ventanillas abiertos”. Por otro lado, con los servicios gastronómicos suspendidos momentáneamente, la CNRT había dispuesto que los micros de media y larga distancia podían llevar por unidad 37 pasajeros en los vehículos “Semi Cama”; 26 para los que son “Cama Ejecutivo” y 18 en los servicios denominados “Cama Suite”.
La medida surge en respuesta a una presentación realizada por representantes del sector: Cámara Empresaria de Larga Distancia (CELADI), Asociación Argentina de Empresarios del Transporte Automotor (AAETA), Cámara Argentina del Transporte Automotor de Pasajeros (CATAP) y la Cámara Empresaria de Autotransporte de Pasajeros (CEAP), que manifestaron “la imperiosa necesidad de modificar” la “limitación de la capacidad de transporte de los vehículos del autotransporte interurbano de pasajeros bajo jurisdicción nacional en el marco de la pandemia de COVID-19″, señala la resolución.