Por primera vez en la historia argentina serán obligatorios. Cuál es la fecha prevista, qué pasa si los candidatos se niegan a debatir, cuáles son los temas y quién organiza y transmite el evento.
En 2019 habrá elecciones presidenciales y, por primera vez en la historia argentina, serán obligatorios los debates entre candidatos. Esto ocurrirá porque el Congreso sancionó en 2016 una ley que obliga a los postulantes a debatir en público antes de los comicios.
¿De qué se tratan estos debates?
La ley fue aprobada en noviembre de 2016 con el impulso del oficialismo y el apoyo del Frente Renovador y el Bloque Justicialista. La norma, que modificó el Código Nacional Electoral, establece la “obligatoriedad de debates preelectorales públicos entre candidatos a Presidente de la Nación, con la finalidad de dar a conocer y debatir ante el electorado las plataformas electorales de los partidos, frentes o agrupaciones políticas”.
En las elecciones presidenciales de 2015 esta ley no estaba vigente, pero la iniciativa Argentina Debate, que coordinaba Hernán Charosky, actual subsecretario de Reforma Política y Asuntos Legislativo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, impulsó el debate entre candidatos. Antes de las elecciones generales, debatieron todos los candidatos (Mauricio Macri, Sergio Massa, Margarita Stolbizer, Nicolás Del Caño y Adolfo Rodríguez Sáa) menos el postulante del Frente para la Victoria, Daniel Scioli. En la previa del balotaje, Scioli cambió su postura y debatió con Macri, evento que fue visto por más de dos millones de personas y tuvo picos de hasta 14 puntos de rating.
La obligatoriedad que fija la nueva ley rige para todos los candidatos a presidente que superen el piso de las Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias (PASO), es decir, que obtenga el 1,5% de los votos en agosto. Esto significa que no habrá debate obligatorio previo a las PASO.
¿Cuándo se realizarán?
Las fechas no están confirmadas, pero la ley establece que deben realizarse dos debates, uno de ellos en el interior, y que serán “dentro de los 20 y hasta los siete días anteriores a la fecha de la elección” presidencial, es decir, entre el 7 y el 20 de octubre. En caso de haber balotaje, habrá un tercer debate en los diez días previos a esos comicios entre los dos candidatos que lleguen a esa instancia. En febrero, la Cámara Nacional Electoral, a través de la Acordada Extraordinaria 7/2018, confirmó que los debates serán los domingos 13 y 20 de octubre, y en caso de haber balotaje, el debate entre los dos que lleguen a esta instancia se realizará el domingo 17 de noviembre.
¿Qué pasa si un candidato se niega a debatir?
La ley determina que quien no acuda al debate pierde los espacios de publicidad audiovisual que otorga la Dirección Nacional Electoral a las distintas agrupaciones. Además, se estableció que durante el debate debe quedar vacío el espacio físico que le hubiera correspondido al candidato que se niegue a debatir, “a fin de denotar su ausencia”.