Víctor Cisterna fue condenado a 7 años y medio de cárcel, mientras que Diego Correa recibió la pena de 5 años y medio. También fueron condenados a tres años de prisión Gonzalo Carpintero y Pablo Oca, ex ministro de Economía del Chubut. El fiscal pidió que se ordene la detención inmediata de Cisterna, Pagani y Bortagaray. También se confirmó la inhabilitación perpetua a Cisterna, Correa, Pagani y Carpintero para ejercer cargos públicos.
Hoy se conoció el fallo de primera instancia en la Causa Revelación, los jueces Mariano Nicosia, Ivana González y Alejandro Rosales confirmaron los pedidos del Ministerio Público Fiscal de Chubut.
Víctor Hugo Cisterna, fue hallado culpable por los delitos de organizador de asociación Ilícita en calidad de autor, en concurso real con exacciones ilegales -un hecho- en carácter de autor en razón de los hechos individualizados bajo los números 1 y 28 del auto de apertura de juicio pronunciado en autos, ocurridos entre los meses de diciembre de 2015 y octubre de 2017 en perjuicio del Orden Público.
Deberá cumplir la pena de 7 años y medio de prisión de cumplimiento efectivo, con más la inhabilitación perpetua para ejercer cargo público, con expresa condena sobre las costas del proceso.
Diego Miguel Correa fue condenado por los delitos de Organizador de Asociación Ilícita en calidad de autor, en Concurso Real con Exacciones Ilegales en carácter de autor -dos hechos-, en Concurso Real con Cohecho Pasivo en calidad de autor bajo modalidad de delito continuado -16 hechos- Asimismo pesa sobre Diego Correa una condena en la causa embrujo de 10 años de prisión y se encuentra procesado y siendo juzgado por otra causa más.
Deberá cumplir una pena de 5 años y seis meses de prisión de efectivo cumplimiento, la inhabilitación perpetua para ejercer cargo público y la expresa condena por las costas del proceso.
Gonzalo Rubén Carpintero Patterson fue hallado culpable por el delito de enriquecimiento ilícito de Funcionario Público en calidad de autor, por el hecho ocurrido entre los meses de Diciembre de 2004 y Noviembre de 2017, en perjuicio de las Administraciones Públicas de la Provincia de Chubut y de la Municipalidad de Trelew.
Deberá cumplir la pena de tres años de prisión de efectivo cumplimiento, inhabilitación absoluta para ejercer cargo público, se imponga una multa de pesos 12.468.592 y se decomise el bien ubicado en calle Pablo Neruda N° 3795 del Barrio de Bonorino de Trelew, el que pasará dominio del Estado ni bien la sentencia adquiera autoridad de cosa juzgada, todo con expresa condena sobre las costas del proceso.
Diego Lüters fue hallado culpable por el delito de miembro de asociación Ilícita en calidad de autor, por el hecho individualizado bajo el número 1 del auto de apertura de juicio emitido en autos ocurrido entre los meses de Diciembre de 2015 y de Octubre de 2017 en perjuicio del Orden Público. Deberá cumplir la pena de tres años de prisión de efectivo cumplimiento, con expresa condenación de las costas del proceso.
Juan Martín Bortagaray fue hallado culpable por los delitos de miembro de asociación Ilícita en calidad de autor en concurso real con cohecho pasivo bajo la modalidad de delito continuado en calidad de participe primario en 5 hechos.
Deberá cumplir la pena de cuatro años y ocho meses de prisión, más la inhabilitación perpetua para ejercer cargo público y con la expresa condena sobre las costas del proceso.
Alejandro Pagani fue encontrado culpable por los delitos, miembro de asociación ilícita a título de autor, en concurso real con cohecho pasivo en calidad de participe primario y bajo la modalidad de delito continuado.
Le corresponderá cumplir la pena de cuatro años y ocho meses de prisión efectiva, más la inhabilitación perpetua para ejercer cargo público, con expresa condena sobre las costas del proceso.
Martín Miguel Castillo fue hallado culpable por el delito de cohecho activo en calidad de autor, por el hecho ocurrido en el mes de Abril de 2017 en perjuicio de la Administración Pública de la Provincia de Chubut.
Deberá cumplir una la pena de dos años de prisión, de ejecución condicional, como la expresa condenación de costas del juicio a su cargo.