Cambios en el RIGI: las modificaciones que aceptó el Gobierno para el régimen de grandes inversiones

Sólo regirá para algunos sectores y habrá algo de impulso para el “compre local”. Detalles de cómo los proyectos deberán liquidar exportaciones.

miércoles 12/06/2024 - 21:00
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Antes que comenzaran los cierres de bloque del debate de la ley Bases, el presidente provisional del Senado y titular de la Cámara alta, Bartolomé Abdala, anunció más cambios para la votación en particular del Régimen de Incentivos para Grandes Inversiones (RIGI), para blindar el articulado y evitar derrotas.

La primera modificación apunta al artículo 165: ya no será para “cualquier sector”, sino para “foresto industria, infraestructura, minería, energía y tecnología” que cumplan con requisitos previstos.

En tanto, habrá un guiño extra para proveedores locales, ya que el compromiso para este caso será “como mínimo el 20% de la totalidad del monto de inversión, siempre y cuando “la oferta se encuentre disponible y en condiciones de mercado en cuanto a precio y calidad”. Dicho porcentaje mínimo deberá mantenerse durante las etapas de construcción y operación.

Otro retoque importante será en el artículo 196 –incentivos cambiarios–, limita la obligación de liquidación en el mercado de cambios las divisas que ingresen por exportaciones de productos que generen los proyectos. Será de un 20% luego de dos años de iniciada la inversión; 40%, después de tres años; y 100%, a partir de los cuatro años.

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