La Justicia hizo lugar en parte a la demanda civil y dispuso que la arquitecta chubutense Brenda Barattini, condenada por mutilarle el pene a su amante, deberá pagarle a la víctima casi medio millón de pesos para resarcirlo de los daños.
Para el Tribunal que dictó la condena, el plan ejecutado por la acusada era «incompatible» con la supervivencia de la víctima y se frustró cuando el hombre consiguió pedir ayuda.
Asimismo, descartó que la llamada «Lorena Bobbit cordobesa» haya sido víctima de violencia de género por parte de quien era su amante, como esgrimió la joven en su defensa.
El 25 de septiembre, Brenda Barattini, de 28 años, fue condenada a 13 años de prisión por «tentativa de homicidio calificado por alevosía», tras ser juzgada por haber seccionado con una tijera de podar el pene a su amante.
Según los fundamentos del fallo conocidos este jueves, la Cámara en lo Criminal y Correccional de 2ª Nominación de Córdoba consideró que la arquitecta quiso matar al hombre cuando lo atacó con la tijera de podar.
Para el tribunal integrado por Ítalo Vitozzi, Mónica Traballini y Mario Centeno, la supervivencia de la víctima impidió a la agresora completar el plan que había preparado y anotado en un cuaderno.
Ese plan incluía cambiarse de ropa, simular ser víctima de una agresión sexual y borrar los chats y fotos que encontrara en el teléfono del amante.
Para la Cámara, como el hombre sobrevivió al ataque, Barattini no tuvo tiempo siquiera de ocultar pruebas en su contra, como el cuaderno en el que había anotado el plan homicida.
El tribunal consideró que el plan se vio frustrado cuando el amante logró salir del departamento, pedir ayuda todo ensangrentado, y ser asistido por una vecina, estudiante de Medicina, que logró mermarle la hemorragia y salvarle así la vida.
Para los camaristas, Barattini premeditó el ataque poniendo a la víctima en una situación de indefensión, incluso cubriéndole los ojos.
La justicia hizo lugar parcialmente a la acción civil interpuesta por la víctima contra la acusada, a quien le ordenó pagar la suma de 493.665 pesos en concepto de daño moral, daño emergente por los gastos médicos y farmacológicos, y lucro cesante a raíz de la incapacidad laboral total durante el primer mes.
En cambio, se rechazaron los restantes períodos de lucro cesante por falta de prueba.