La mañana del presente miércoles se concretó la audiencia de impugnación de sentencia ante la Cámara en lo Penal local, promovida por la defensa de Jonathan Barría, en contra de la sentencia de primer grado. La defensora solicitó se le reduzca la pena impuesta a su pupilo, en tanto que el fiscal se confirme en todos sus términos la sentencia condenatoria de 8 años y seis meses de prisión impuestos.
El tribunal de revisión fue presidido por Martín Montenovo, e integrado por Guillermo Müller y Daniel Pintos, jueces de Cámara; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente Martín Cárcamo, fiscal general; acompañado por la víctima quién fue asistida por una profesional del Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito; en tanto que la defensa de Jonathan Barría fue ejercida por Cristina Sadino, defensora pública.
La defensora interpuso un recurso contra la sentencia condenatoria del tribunal de juicio al considerarlo penalmente responsable a Jonathan Barría del delito de “abuso sexual con acceso carnal, dos hechos en concurso real” e imponiéndole una pena de 8 años y 6 meses de prisión. La defensa cuestionó el concurso real ya que estamos ante dos hechos independientes, separados entre sí y que concurren materialmente los mismos. Su asistido se hizo cargo de los hechos y pidió disculpas. Existió una sola conducta desplegada por su defendido, entendió la defensora, por ello no se puede hablar de multiplicidad delictiva, sino de una sola conducta. Por ello deberá readecuarse la pena, sostuvo. Respecto de los agravantes y atenuantes la defensora se refirió al estado de intoxicación de su defendido al momento del hecho. El estado de intoxicación lo potencia, los niveles de inhibición son menores, sostuvo una profesional en el juicio. Solicitando que se le reduzca la pena por los agravantes y atenuantes enunciados.
En contraposición el fiscal solicitó se confirme en todos sus términos la sentencia condenatoria del tribunal de juicio, y la pena de 8 años y 6 meses de prisión, por haber sido encontrado Barría penalmente responsable del delito de “abuso sexual con acceso carnal, dos hechos en concurso real”. Todo aquello que hace referencia a la materialidad y autoría del hecho no es objeto de discusión en esta impugnación. Al cuadro probatorio rendido en el debate se le suma la confesión del imputado que ha sido el autor de ambas agresiones sexuales. Solo discutimos la pena impuesta al imputado. El tribunal entendió que fueron dos las agresiones sexuales, es decir que estamos ante una pluralidad de acciones relevantes, argumentó el fiscal. Existen dos resultados distintos, se ha lesionado la libertad sexual de la víctima en dos oportunidades. Las circunstancias de adicción del imputado fue considerada por el tribunal de debate en las condiciones personales de Barría. Nada nuevo se introduce como agravio para modificar la pena que ha impuesto el tribunal de juicio, ya que han sido consideradas las circunstancias atenuantes que ha traído la defensa, concluyó el fiscal Cárcamo.
El tribunal de revisión dio por cerrado el acto jurídico, pasó a deliberar y el próximo lunes 2 de noviembre, a las 12:30 hs. dará a conocer su veredicto.
El ilícito ventilado en el debate:
El hecho contra la integridad sexual juzgado acontece el pasado 30 de enero de 2019, cuando la víctima se encontraba en una parada de colectivos en la calles Huergo y Los Pensamientos, del barrio San Martín. Al advertir la presencia de varias personas de sexo masculino la víctima camina hacia la Av. Rivadavia. Antes de llegar a la estación de servicio, el imputado Jonathan Barría se acerca a la víctima y mediante la utilización de un arma blanca la obliga a la víctima a que lo acompañe, diciéndole “vení, dale hagamos como si fuéramos novios”. Manteniendo el arma blanca contra su cuello y obligándola a caminar hasta un descampado donde la amenaza y luego la somete sexualmente.