Autorizan a YPF y Total Austral a realizar nuevas exportaciones de gas a Chile

Los suministros previstos en la presente autorización podrán ser interrumpidos, a los fines de garantizar la seguridad de abastecimiento del mercado interno. El gobierno nacional autorizó a las compañías petroleras YPF y Total Austral la…

sábado 22/12/2018 - 9:22
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Los suministros previstos en la presente autorización podrán ser interrumpidos, a los fines de garantizar la seguridad de abastecimiento del mercado interno.

El gobierno nacional autorizó a las compañías petroleras YPF y Total Austral la exportación diaria de 3,5 millones de metros cúbicos de gas natural a Chile, hasta el 1 de octubre del año próximo.

Lo hizo a través de las resoluciones 312 y 313/2018 de la Secretaría de Energía publicadas en el Boletín Oficial, y que llevan la firma del titular del área, Javier Iguacel.

Ambas resoluciones otorgaron una autorización para la exportación de gas natural a Chile, de carácter interrumpible.

En el caso de YPF se trata de un volumen máximo de 1,5 millón de metros cúbicos diarios de gas natural desde las áreas El Portón y Loma La Lata, en la Sierra Barrosa de la Cuenca Neuquina, con destino a la firma Aprovisionadora Global de Energía Sociedad Anónima (AGESA).

Por su parte, Total Austral podrá enviar 2,01 millones de metros cúbicos de gas natural desde las áreas San Roque y Aguada Pichana Este, de la Cuenca Neuquina, con destino a la firma ENEL Generación Chile.

La normativa estableció que la calidad del gas será de 9.300 kilocalorías por metro cúbico en ambos casos y los envíos se podrán realizar hasta el 1 de octubre de 2019, o hasta completar una cantidad máxima total equivalente al volumen de exportación diaria autorizada por la cantidad de días de vigencia de esta autorización desde su otorgamiento, lo que ocurra primero.

También se indicó que los suministros previstos en la presente autorización podrán ser interrumpidos, a los fines de garantizar la seguridad de abastecimiento del mercado interno.

Precisó que la autorización de exportación caducará automáticamente si transcurrido el plazo de 45 días computados a partir de la fecha de su publicación, no se efectiviza la primera exportación comercial de gas natural.

Ambas petroleras deberán informar mensualmente a la Secretaría de Energía con carácter de declaración jurada, los volúmenes mensualmente exportados.

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