Consideran que una ley de estas características requiere de un análisis exhaustivo con plena participación de los Tres Poderes del Estado.
El Consejo de Procuradores, Fiscales, Defensores y Asesores Generales de la República Argentina y el Consejo Federal de Política Criminal de los Ministerios Públicos de la República Argentina, asociaciones estas, que agrupan a los Fiscales y Procuradores de la totalidad de las provincias del país y Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en relación al proyecto de ley de -aparente- autarquía del Poder Judicial de la Provincia del Chubut impulsado por el Poder Ejecutivo de la mencionada Provincia, dicen y peticionan:
Que, sin que esto importe intromisión alguna en el manejo institucional local, es necesario recordar a las autoridades de la Provincia del Chubut que el art. 5 de la Constitución Nacional pone como condición para garantizar a cada provincia el ejercicio de sus instituciones, el aseguramiento de su administración de justicia.
Que su omisión coloca al estado provincial en una clara posición de debilidad institucional.
Que reconocer autarquía financiera tanto al Poder Judicial como al Poder Legislativo importa, cuando sus medios y fines evidencian un alto espíritu republicano, un salto de calidad colectivo y refuerza el engrandecimiento democrático estatal. Se erige en el escudo protector de futuras intromisiones y desequilibrios entre los poderes.
Pero cuando se pretende introducir modificaciones estructurales de tal envergadura, mediante cambios coyunturales, que no aseguran un financiamiento adecuado a dichos Poderes, la acción se transforma en una vía de sojuzgamiento de los mismos, quienes al no poder mantener su estructura, van a necesitar del buen ánimo del Poder Ejecutivo, para solventar sus déficit.
Con ello se aleja del Estado Provincial la idea de equilibrio de poderes, y el Administrador se transforma en un órgano macrocefálico que condiciona y termina direccionando, aunque sea de manera indirecta, a los otros dos poderes.
Que una ley de autarquía que pretenda constituir una política de Estado debería contemplar básicamente:
Un porcentaje mínimo, razonable y adecuado del presupuesto provincial para el Poder Judicial, y otro para el Poder Legislativo.
Una disposición que garantice la transferencia automática de los fondos.
La prohibición de aprobar un presupuesto sin que se contemplen esos porcentajes mínimos (ver art.150 inc. 4 Constitución de San Juan).
Que una modificación de este nivel, requiere, cuanto menos, del análisis exhaustivo y comprometido de los tres poderes que, de manera armoniosa, resuelvan a futuro un funcionamiento equilibrado y sano de las instituciones provinciales. La voluntad solitaria del Poder Administrador, compromete en el corto plazo y a futuro, el desenvolvimiento orgánico provincial, y deja expuesta una voluntad inicial viciada.
Al momento de reformar, hay que evitar miradas sesgadas y parciales que sólo conducen inexorablemente a los otros Poderes – Judicial y Legislativo- a una situación de imposibilidad de operar y con ello a un estado de denegación de justicia a la ciudadanía y a un claro incumplimiento de las condiciones establecidas en el art. 5 de la Constitución Nacional, con sus ya advertidas consecuencias institucionales.
Que la situación financiera que atraviesa la Provincia de Chubut, a partir de los problemas de público conocimiento que impactan básicamente en el pago de las remuneraciones a los dependientes, proveedores y también en la prestación de servicios, genera un panorama y un clima social que no aparece como el adecuado para introducir en esta instancia una reforma estructural de semejante trascendencia, que conduciría de manera inexorable a una falta de armonía entre los poderes , y con ello, un desfasaje institucional que repercutiría directamente sobre la población de Chubut.
Que a partir de lo expuesto, surge la imperiosa necesidad de peticionar al Poder Ejecutivo de la Provincia del Chubut y en general al poder político todo, se conforme una mesa de diálogo y acuerdo para analizar la conveniencia y, en su caso legislar una modificación que asegure, fuera de toda especulación política coyuntural, una reforma seria, provechosa y duradera, que repercuta en orden, estabilidad y justicia en beneficio de toda la ciudadanía del Chubut.
El comunicado está refrendado por Eduardo Quattropani, Presidente del Consejo Federal de Política Criminal y Alejandro Gullé, Presidente del Consejo de Procuradores, Fiscales, Defensores y Asesores Generales de la República Argentina.