El Ministerio de Economía y Finanzas Públicas y el Ministerio de Industria comunicaron que todos los vehículos que se vendan en el país cuyo valor sea superior a $150.000 pesos -calculado sin IVA y sin el margen de ganancia de los concesionarios- y todas las motos de valor superior a $22.000 deberán tributar impuestos internos, a partir de una resolución publicada hoy en el Boletín Oficial.
Con esta resolución, orientada a una redistribución en la carga impositiva, un universo de 58.000 vehículos -de los cuales el 95% es importado de extrazona- tributará este impuesto, que equivale al 6,7% del total vendido en el mercado nacional en 2011 (las ventas alcanzaron un récord de 857.000 unidades el año pasado).
Así, se modifica la base imponible sobre la que se calcula el pago de este impuesto que, hasta fin del año pasado, fue de $212.500 para autos y de $25.000 para motos.
Si bien el decreto establece un nuevo monto de la base imponible para automotores, mantiene el valor de las alícuotas: los nafteros pagan el 10% del valor y los gasoleros pagan el 22,5%. Esta nueva medida alcanza a unos 48.000 vehículos nafteros y unos 11.000 gasoleros del universo total de ventas en el mercado interno.
En la práctica, los vehículos que a partir de 2012 tributarán este impuesto serán los que, puestos en la calle (sumados el IVA y el margen de ganancia de los concesionarios) tengan un precio superior a $ 199.650 y no afecta a los vehículos de carga ni de pasajeros.
De esta manera, se dará protección y mayor competitividad a los autos de producción nacional, ya que el 95% de los nafteros y el 75% de los diesel que superarán el nuevo piso para el pago de impuestos serán vehículos importados de extrazona.
Estos cambios están expresados en el decreto del Gobierno nacional que actualiza los montos de la Ley de Impuestos Internos para autos, motos (la alícuota queda en 10%) y embarcaciones (se mantiene la base imponible en $22.000 y la alícuota sube de 8% a 10%).