Será según la terminación par o impar del DNI y también según rango de edades. Cada municipio podrá reglamentar las actividades de acuerdo a la realidad demográfica de su localidad, tal como sucedió en Comodoro.
El gobernador Mariano Arcioni firmó el decreto número 365 mediante el cual se reglamentan las salidas de esparcimiento. Se podrán extender durante una hora y hasta 500 metros del domicilio de las personas, que dispondrán de este beneficio en los días que corresponda según la terminación de su Documento Nacional de Identidad sea par o impar.
El decreto suscripto por el mandatario dispone que “las autoridades locales podrán dictar aquellas reglamentaciones complementarias que consideren necesarias a los fines de adecuar las salidas a las características demográficas locales”.
También podrán “efectuar las restricciones que entiendan pertinentes en atención a las particularidades de su jurisdicción y, eventualmente, suspender las autorizaciones que se confieren o dejarlas sin efecto, con el fin de proteger la salud pública”.
Las salidas regirán por la terminación del DNI, siendo los lunes, miércoles y viernes los días permitidos para la circulación de personas con finalización par, mientras que los martes, jueves y sábados para los que finalizan en número impar. Por otro lado, los domingos habrá libre circulación.
Asimismo, no podrán salir de sus hogares quienes hayan regresado al país o su localidad de origen y se encuentran cumpliendo el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio, tampoco podrán hacerlo los pacientes catalogados como casos sospechosos de Covid-19 y sus contactos estrechos.
De ninguna manera, advierte el Gobierno Provincial, se podrán formar aglomeraciones o reuniones de personas. Por esta razón, la cantidad de personas permitidas para salir por grupo familiar es de un adulto y tres menores de 14 años. Los adultos deberán portar el DNI y no separarse de los niños cuando estos estén realizando sus actividades recreativas.
Cabe recordar que el uso de tapabocas es obligatorio y debe cumplirse a la hora de salir del hogar, dichos elementos deberán cubrir nariz, boca y mentón. Quedan exceptuados de su uso niños y niñas menores de 2 años y personas con dificultades para respirar o alguna incapacidad por la que no puedan retirarlo sin ayuda.