Dos proyectos de ley del diputado nacional Juan Mario Pais fueron sancionados en el recinto de la Cámara baja y serán enviados al Senado para alcanzar la sanción definitiva. Una de las iniciativas tiende a modificar la prueba del preaviso que deben emitir tanto los empleadores como los trabajadores cuando se vaya a disolver un contrato de trabajo. La restante regula la compensación que puede deducir el empleador cuando despide a un trabajador que antes había reingresado a la misma empresa.
Respecto al proyecto que propone modificar la Ley de Contrato de Trabajo en lo referido al preaviso, el legislador patagónico indicó que el objetivo es que la notificación del mismo se pruebe exclusivamente por escrito y deba realizarse mediante un despacho postal fehaciente o ante la autoridad de aplicación administrativa del trabajo, a fin de evitar un extendido fraude laboral de llenar un documento en blanco colocando la fecha de cese de la relación laboral.
Por lo expuesto, el diputado comodorense sostuvo que “La modificación legal impulsada protegerá en mejor medida los derechos de las partes involucradas en un contrato de trabajo, y fundamentalmente evitará prácticas cada vez más habituales que violenten la naturaleza protectoria de la legislación laboral”. Asimismo, otorgando certeza a la fecha de notificación del preaviso, se posibilitará que el trabajador goce de las licencias de dos horas diarias o las acumule en uno o más días y pueda concurrir a entrevistas laborales sin la pérdida de su salario y mientras todavía está empleado.
En cuanto al otro proyecto de ley, está dirigido a regular con certeza la posibilidad de compensar lo pagado por un empleador en un despido anterior, pero evitando la actualización, que está vedada por ley en la Argentina, y vincular tal posibilidad de deducción cuando exista coincidencia en la causal de despido.
Al mismo tiempo, Pais expresó que la norma sancionada mantiene el principio protectorio de que la indemnización por antigüedad a cobrar por el último despido no podrá ser inferior a la que correspondería al último tramo contractual si éste fuera único. En ese marco, Pais declaró que “Lo que se propugna con este proyecto es establecer con precisión que sólo se puede compensar exclusivamente las indemnizaciones pagadas por iguales conceptos, y sin ningún tipo de actualización”.