La ley de contrato de trabajo denomina al Salario Mínimo Vital y Móvil como la menor remuneración que debe percibir en efectivo el trabajador sin cargas de familia, en su jornada legal de trabajo, de modo que le asegure alimentación adecuada, vivienda digna, educación, vestuario, asistencia sanitaria, transporte y esparcimiento, vacaciones y previsión.
Del concepto legal surge que se trata de la remuneración mínima en efectivo que tiene derecho a percibir un trabajador dependiente; es decir, ningún trabajador en relación de dependencia puede ganar una remuneración menor, puesto que, es el piso de todas las remuneraciones.
El SMVM es de carácter imperativo, protectorio e inembargable, y es consecuencia inmediata del orden público laboral.
La fijación del SMVM es tarea del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo Vital y Móvil dependiente de la Secretaria de Trabajo de la Nación.
El SMVM, actualmente, desde el mes de diciembre está ubicado en 11.300 pesos, con un incremento de 11.900 desde Marzo y en junio de 12.500.
Estos valores representan el 42% de la canasta Básica que se fijó en 26.500 pesos. En términos reales, contamos con un 42% de la caída de los aditamentos que debe contar el salario básico en una población.
El Consejo Nacional de Empleo, no toma como referencia a los fines de la determinación del Salario, el debido cumplimiento al artículo 14 bis de la Constitución Nacional y en el artículo 135 de la Ley 24.013 (Ley Nacional de Empleo) –según publica Urgente 24-.
El monto del salario real será el más bajo de los últimos 14 años. En otras palabras, en los últimos años el SMVM habrá sido una de las variables que habrán experimentado el mayor ajuste en el mercado de trabajo y la caída del salario real.
Si tomamos en cuenta que la suba del dólar se traslada a los precios, al dolarizar el SMVM, en comparación al mes de agosto de 2010, el SMVM de ese entonces era de US$ 439. Si lo traemos a la actualidad, luego de 9 años, el SMVM es de US$ 304.
La pérdida del poder adquisitivo y el traslado de la suba del dólar a las góndolas es desolador para el país.
En consecuencia, de la abrupta fluctuación del dólar, la caída del consumo y la pérdida de empleo, provocan una decadencia social y deterioro de los salarios reales a través de la comparación de la canasta básica y los índices de pobreza.
En enero de 2018 la relación porcentual que representaba la relación de SMVM y la canasta básica cayó 56%, y en enero de este año está en torno al 43%.
En términos porcentuales, la caída real del salario en el 2019 estará en torno al 15% y 20%.
En otras palabras, el SMVM ha perdido en los últimos años todo valor virtuoso como referencia para el mercado de trabajo y el consumo, puesto que el Gobierno Nacional lo ha manipulado “gradualmente” como herramienta de ajuste para contener los reclamos salariales.
La actualización del SMVM por debajo de los niveles de la inflación impacta negativa y directamente en las góndolas y en el bolsillo de la sociedad.
La utilización del SMVM como ancla salarial contraviene las disposiciones legales y lo aleja cada vez mas de su función de garantizar a un trabajador la remuneración mínima que requiere para asegurarse una alimentación adecuada, vivienda digna, educación, vestuarios, asistencia sanitaria, transporte y esparcimiento, vacaciones y previsión.
A su vez, se encuentra cada vez más lejos del monto que el propio Estado reconoce como línea de pobreza para un grupo familiar, ni hablar, de estar por encima del monto requerido para acceder a los alimentos mínimos necesarios para no caer en la indigencia.
El costo de la canasta básica, que fija la línea de pobreza, es superior al doble del SMVM: esta realidad me lleva a concluir que no se puede utilizar un mecanismo de represión salarial y de enfatizar el ajuste sobre el conjunto de los trabajadores que, inevitablemente, provocan la pérdida del poder adquisitivo y el derrumbe de la estructura salarial y el mercado de trabajo.