Son justas las nuevas políticas penitenciarias?

El pensamiento moderno en materia de derecho penal, ha llevado a que nuestros legisladores se adecuen a los nuevos tiempos. Estos nuevos tiempos imponen en el pensamiento garantista y liberal penal moderno el llevar al…

miércoles 26/09/2012 - 16:00
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El pensamiento moderno en materia de derecho penal, ha llevado a que nuestros legisladores se adecuen a los nuevos tiempos. Estos nuevos tiempos imponen en el pensamiento garantista y liberal penal moderno el llevar al extremo el principio  de inocencia en materia penal.

De este modo el concepto imperante involucra al individuo dentro de una sociedad que lo debe contener, ayudar y apoyar, siendo este, principio intelectualemente ideado, una realidad muy distinta a la pensada por sus sostenedores.

En efecto, las nuevas legislaciones procesales, cuya potestad esta en manos de las Provincias se han ido adecuando al principio de extremo garantista de inocencia vinculado a la libertad del imputado durante la tramitación del proceso judicial, sin perjuicio o con gran atenuación sobre los antecedentes que el delincuente tenga. De este modo un imputado (quien jurídicamente hablando es el signado primeramente por presunta la comisión de un delito) se ve generalmente beneficiado por estas modernas legislaciones, que parecen entelequias más vinculadas al mundo de las ideas de Platón que a la realidad que nos circunda.

En aras de sus sostenimientos muchísimas agrupaciones humanitarias defienden la naturaleza social del hombre y su libertad, llevada a la contraposición de la sociedad toda, quien generalmente se transforma en detractora de dichas libertades individuales, generalmente vinculadas a la libertad ambulatoria de los delincuentes, sobre todo antes del juicio oral propiamente dicho. Claro esta, no faltan abogados, quien en mérito a sus abultados honorarios profesionales, y con un discurso  cuasi.garantista, apoyan tal actividad procesal; siempre y esto lo digo con amplia sorna, en mérito a los principios liberales del derecho penal con la exaltación abrupta de la libertad.

Esta yuxtaposición entre la sociedad y este pensamiento se evidencia en los hechos. Sin palabras se quedan nuestros legisladores imbuidos de ese espíritu, como los abogados defensores, cuando en los hechos criminales que pasan en lo cotidiano, sus autores han sido objeto de beneficios vinculados a la libertad condicional, libertad durante el proceso, suspensión del juicio a prueba, vaguedad o economía procesal y otros en danza, los que finalmente arrojan a la calle a futuros actores de los hechos delictuales que tanto fastidian al conjunto social.

Estas minorías de pensamiento se transforman en mayorías de poder, y aquellos que pretenden mano dura son castigados con términos vinculados al gorilaje, a la milicia y a otros tantos conceptos socialmente cuestionados que terminan siendo la excusa para impulsar a las minorías a posiciones dominantes.

Dicho en casa, me refiero a que los delincuentes gracias a legislaciones permisivas (intelectualmente correctas pero realmente dañinas) están en su salsa, y nosotros los habitantes comunes, la gente de trabajo, estamos encerrados, viviendo atemorizados, y escuchando que somos intolerantes, cuando lo único que pretendemos es en muchos casos simplemente llegar a nuestros hogares sin que hayan sido objeto de un robo, o que al salir a sacar el auto, no nos maten por dos pesos con cincuenta.

De repaso por otras legislaciones provinciales, he podido ver que en la provincia de Mendoza, la legislatura provincial, y luego de sendos reclamos de la comunidad ha sacado una ley, de naturaleza procesal (la única que se puede legislar en materia provincial), que tiene por objeto el endurecimiento de los requisitos vinculados al mantenimiento de la libertad, y a la denominada excarcelación en otras legislaciones. Esta ley  de la Provincia de Mendoza, denominada ley Petri, pues ese es el nombre del legislador provincial que la impulso, tuvo muchos detractores, no obstante y por el calor popular fue objeto de aprobación con generosas mayorías en la Cámara de Diputados y en la de Senadores de la mencionada Provincia.

Sin adentrarnos en las distintas cuestiones que circundaron a la misma; debo advertir que la he reseñado a modo de ejemplo social; no será que los legisladores deben acercarse más a la comunidad, que a algunas ideas que postuladas como modernas son nocivas al conjunto, no será que por la distancia de nuestros representantes con nosotros, sus representados; dejamos de ser tales para ser un mero número a convencer ante un proceso eleccionario. Ojo, la sociedad ve, escucha, tolera y enmudece; no obstante como  todo elemento humano reacciona ante la Injusticia.

Hemos olvidado la definición de ley que nos dio el Aquinante; cuando decía que ésta, es una disposición conforme con la recta razón elaborada para el bien general y promulgada por la autoridad que tiene a su cargo la comunidad…

Señores legisladores, no se dejen convencer con teorías de hermosa aplicación teórica y perjudicial aplicación  práctica. Nuestra comunidad sufre, es vuestra responsabilidad.

Dr. Mariano Rodrigo Godoy Lemos
Ex Secretario Legislativo de la Honorable Cámara de Senadores de Mendoza. Exclusivo para El Comodorense

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